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Podrían reclusos purgar condenas ligth

Mediante reformas propuestas al código penal

Nota publicada el 21 de junio de 2013
por Elizabeth Vargas

El Pleno de la Vigésima Legislatura local aprobó reformas al Código Penal del Estado, las cuales permitirán trascender y superar la idea de que las sanciones sólo deben imponerse con el fin de que el delincuente expíe sus culpas, en vez de tener el objetivo de su reinserción social.

En un comunicado de prensa del Congreso se informa que el Diputado Marco Antonio Vizcarra Calderón, promotor de las mismas, explicó que “un rasgo distintivo de la reinserción social, radica en que la vida en prisión deber de tomar como referencia la vida en libertad, reduciendo al máximo los efectos nocivos del internamiento, con el fin de favorecer los vínculos sociales de la persona que infringe la ley”.

Agregó que bajo este nuevo paradigma, el Estado deberá realizar las acciones pertinentes para devolver al preso a la sociedad de forma paulatina, a través de medidas substitutivas de prisión.

Entre éstas, indicó que podrán ser medidas laborales, educativas, médicas o de cualquier otra índole, todas ellas orientadas a la reinserción social, además de aquellas tendientes a la deshabituación o desintoxicación del sentenciado, donde se garantice la dignidad y su libertad de conciencia.

El presidente de la Comisión de Seguridad Pública del Congreso aclaró que su propuesta de modificación al Código citado, establece también que la pena de prisión sólo podrá ser substituida cuando no exceda de: tres años por multa, cuatro años por tratamiento en libertad y cinco años por semilibertad o trabajo en favor de la comunidad.

Asimismo, Vizcarra Calderón dijo que la semilibertad podrá aplicarse del siguiente modo: a) reclusión el fin de semana con salida durante el resto de ésta; b) salida el fin de semana con reclusión durante el resto de esta; c) salida diurna con reclusión nocturna, y d) salida nocturna con reclusión diurna.

Indicó además que cuando el sentenciado por razones de salud, edad o de la jornada laboral, no pueda cumplir con los periodos de privación de la libertad y tratamiento en libertad, el juzgador podrá autorizar otras modalidades de reclusión y salida.

En ese sentido, el Congreso aprobó con 21 votos a favor y cero en contra reformas a diversos artículos del Código Penal, las cuales serán enviadas al Poder Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

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