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No mas micro casas en Baja California

Mínimo permitido 80 metros cuadrados

  
Nota publicada el 5 de julio de 2012
por Elizabeth Vargas

Los Diputados del Congreso del estado aprobaron una Iniciativa de Reforma suscrita por las fracciones parlamentarias del PRI, PEBC, PVEM y PT, con el objetivo de que tanto en la Ley del Infonavit como en la de Vivienda del Estado se establezca un mínimo de 80 metros cuadrados de construcción en las casas de interés social.

La iniciativa de reforma a los artículos 42 y 51 bis, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y del artículo 71 de la Ley de Vivienda del Estado, fue leída en tribuna por el Diputado David Jorge Lozano Pérez, durante la sesión ordinaria correspondiente a este jueves, y recibió el voto a favor de la Asamblea.

La propuesta fue elaborada por los Diputados Juan Vargas Rodríguez y Laurencio Dado Alatorre, fue sometida a consideración del Pleno con el dictamen número 8 de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Conurbación, Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

En la exposición de motivos se argumenta que el tamaño de la actual vivienda de interés social es muy reducido y el costo por metro cuadrado es muy alto, por lo que en lugar de ser generador de bienestar, se ha convertido en deterioro social.

Los Inicialistas señalaron que no obstante la gran cantidad de trabajadores que se han visto beneficiados con un crédito, desde la creación del Infonavit, es claro que el esfuerzo ha sido insuficiente para que el trabajador mexicano vea satisfecha su necesidad de vivienda, por lo que se han diseñado diversas medidas encaminadas a encauzar los esfuerzos de los sectores público, social y privado, para que todos los trabajadores cuenten con un inmueble digno y decoroso.

En el resolutivo primero del dictamen aprobado se estipula que “En ningún caso, el Instituto otorgará el financiamiento de realización de conjuntos habitacionales, si en sus programas no se cumple con el requisito de cuando menos 80 metros cuadrados de superficie de construcción en las viviendas de interés social, el cual debe de existir en las condiciones dignas y decorosas estipuladas en la Constitución”.

Por lo que hace a la Ley local de la vivienda, el artículo 71, que se refiere a las condiciones que deberán reunir las acciones habitacionales y la utilización de los recursos para este fin, se modificó con el siguiente texto: “de acuerdo a lo previsto en el artículo 42, fracción primera de la Ley del Infonavit.

En virtud de que esta última norma jurídica es de índole federal, el Congreso de Baja California deberá remitir el dictamen aprobado por los Legisladores locales, al Congreso de la Unión para que le dé el trámite correspondiente.

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