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Critican a SCJN por fallo en matrimonios gay

Señalan que es “agresión a institución milenaria”

Nota publicada el 30 de junio de 2015
por Elizabeth Vargas

Integrantes del Frente ciudadano para la defensa del matrimonio solo hombre y mujer, rechazaron la jurisprudencia dictada en junio por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que prohíbe definir el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer permitiendo que personas del mismo sexo se amparen y se casen.

Este grupo se suma a los 20 estados de México, entre ellos Nuevo León, Veracruz, Puebla, Durango, Guerrero, Sinaloa, Morelos, Yucatán, Oaxaca, Chihuahua, San Luis Potosí, Zacatecas, Baja California Sur, Nayarit, Distrito Federal, Campeche, Chiapas y Jalisco, en el que también participa la comunidad evangélica.

Además de esta agresión a la institución milenaria del matrimonio, mencionaron este martes en un posicionamiento, que también pretenden resolver acciones de inconstitucionalidad para cambiar en los Códigos Civiles de los Estados el término de matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer e imponerlo como la unión entre personas.

“Esto es un exceso de la más alta instancia del Poder Judicial en México y es una clara imposición ideológica de la Corte, apartada del bien común y de la no compartimos los mexicanos”, refiere el documento firmado por el vocero Guillermo Montaño García y el asesor jurídico, Iván Duarte Córdoba.

Los apartados señalan que esta disposición no respeta la autonomía del Poder Legislativo atentando contra el federalismo en los Estados, violentando su soberanía y el mandato ciudadano al que sirven los tres poderes por vía de la democracia, verdad jurídica que la misma Ministra Olga Sánchez Cordero reconoció al afirmar en entrevista que “la Suprema Corte de Justicia de la Nación no puede obligar a los Congresos de los Estados a modificar sus Códigos Civiles para casar a parejas del mismo sexo…” (Guadalajara, Notisistema.com 26 de junio de 2015, Nota 800136).

También afirman que los menores serán entregados en adopción ya que no existe un derecho a adoptar, sino que el niño tiene el derecho a tener un hogar con un padre y una madre. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (CIDN), el Tratado de Discapacidad, La Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo y La Plataforma de Acción de Beijing, todas reconocen : “El Niño(a) tiene derecho a conocer y ser cuidado por su padre y su madre”.

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