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Otorga Juez amparo a nativos del Valle contra reglamento

Advierten además cierre de carreteras y caminos el fin de semana

Nota publicada el 1 de octubre de 2019
por Elizabeth Vargas

El Juzgado Noveno de Distrito con sede en Ensenada, otorgó una suspensión provisional a Ejidatarios del Valle de Guadalupe en contra de diversas autoridades luego que el cabildo saliente aprobó un reglamento de uso de suelo para Valle de Guadalupe.

Entrevistados en la sesión de cabildo de este martes, a donde acudieron a manifestarse, nativos del Valle de Guadalupe, dieron a conocer el Amparo que los protege contra esta reglamentación.

Rafael Romo Pereira, Presidente de la Unión de productores de la zona norte de Ensenada indicó que la Ley aprobada los agravia; “son muchas las violaciones que menciona la ley… y si el juez ya dio una orden es porque él miró que hay una violación y afectación”.

Sobre las afectaciones indicó que uno de estos problemas tiene que ver con las definiciones “es como decir que un uso de suelo que era agrícola ahora el municipio me lo puso en conservación cuando siempre se ha sembrado y yo ya no puedo hacer nada en ese terrero; si yo quiero bajar un recurso o cualquier programa que quiera aplicar el gobierno no me lo permite porque no es el uso de suelo adecuado”.

Este programa se realizó y se elaboró sin consultar a los propietarios de las tierras, los ejidatarios y el Amparo ya fue notificado todos los regidores que estaban saliendo.

“El amparo dice que se suspende todo tipo de acto que se quiera hacer en los suelos en el Valle de Guadalupe, se suspende completamente todo y sigue como está.

Agregó que esperan que esta administración los escuche o de lo contrario, el próximo sábado podrían tomar la carretera y cerrar todos los caminos del valle de Guadalupe.

Advirtió: “esto apenas empieza, si alguien se mete con nosotros y está atropellando nuestros derechos, a nosotros no nos importa mucho atropellar los derechos del municipio que se está metiendo contra nosotros”.

El próximo domingo los ejidatarios han convocado a todos los residentes del Valle a los nativos a asistir para informarles la situación que guarda este asunto.

“Es gente del pueblo, que ahí ha vivido toda su vida, no está acarreada como la que trajo provino”.

Como se recordará el pasado viernes se aprobó luego de meses el Reglamento de Uso Zonificación y Usos de Suelo para el Programa Sectorial del Desarrollo Urbano- Turístico de los Valles Vitivinícolas de la Zona Norte del Municipio de Ensenada, Baja California.

El programa de acuerdo al Ayuntamiento saliente fue el dictamen 001/2019 presentado por el regidor Ricardo Medina Fierro, y establecía que el Reglamento entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico Oficial del Estado de Baja California.

También establecía que por única ocasión, en el término que no exceda de 30 días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, el presidente municipal debería convocar a la instalación y recepción de nombramiento de representantes de los organismos ciudadanos, así como la elección del Representante Ciudadano la Comisión.

Dentro del término de 90 días hábiles a partir de la Conformación de la Comisión, esta deberá de crear su Reglamento Interior. Los propietarios de predios que previo a la publicación del presente Reglamento cuenten con construcciones o actividades que contravengan lo establecido en la zonificación y usos de suelo del Programa y artículos del Reglamento, dispondrán de un periodo de 90 días naturales una vez publicado el presente Reglamento para notificar su situación a la Dirección de Administración Urbana, Ecología y Medio Ambiente ingresando a su vez el trámite correspondiente de Factibilidad de Uso de Suelo.

Dicha dependencia podrá orientar a los propietarios de dichos predios, de tal manera que regularicen su situación y cumplir con los parámetros para coadyuvar con los objetivos del programa y no ser considerados como infractores.

Una vez transcurrido el plazo señalado, los propietarios de cualquier predio que no hayan notificado su situación a la Dirección y se encuentre en incumplimiento a lo señalado por el Reglamento, serán sancionados conforme a las disposiciones aplicables, sin posibilidad de acceder a la regularización prevista en el presente artículo transitorio.

La lista de predios en proceso de regularización que conforme al presente artículo hayan accedido antes del término señalado a los beneficios, será compartida a la Comisión una vez transcurridos los 90 días, con el objetivo de transparentar el número de predios que se encuentren en proceso de cumplimiento.

Las autorizaciones, licencias o permisos que la autoridad correspondiente haya emitido previo a la publicación del presente reglamento, serán sujetas a lo establecido en los ordenamientos jurídicos competentes.

Cabe destacar que muchos de los afectados son hijos o nietos de los primeros pobladores de la zona y muchos de los promoventes del reglamento personas a quienes los mismos pobladores les vendieron.

Se trata pues de acuerdo a los afectados de aplicar una ley con retroactividad.

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