El Diputado Marco Antonio Vizcarra Calderón presentó una Iniciativa de Reforma a los artículos 217, 279 y 282 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, con el propósito de que los partidos políticos utilicen materiales biodegradables para proteger el medio ambiente.
La propuesta fue presentada, a nombre de las fracciones parlamentarias del PEBC y PRI, durante la sesión correspondiente a esta semana, donde el Legislador estableció la necesidad de favorecer la mitigación y adaptación al cambio climático, en el uso de la propaganda electoral y demás elementos promocionales que utilizan los institutos políticos, tanto en las etapas de precampaña, como en la búsqueda del voto popular.
La reforma propuesta establece que “la propaganda electoral impresa y demás elementos promocionales que utilicen los partidos políticos, coaliciones y candidatos, deberán ser de materiales biodegradables o reciclables a fin de proteger el medio ambiente, así como para favorecer la mitigación y adaptación al cambio climático”.
Asimismo: “La propaganda impresa y demás elementos promocionales deberán contener la leyenda o descripción del material de que estén hechos con el objeto de facilitar su verificación, así como su clasificación y reciclaje en su caso” y para rematar señala “las autoridades electorales competentes ordenarán el retiro de la propaganda electoral impresa y demás elementos promocionales que no sean de materiales biodegradables o reciclables”.
Sobre el particular, el Inicialista comentó que el actual artículo 279 de la citada Ley, es una disposición que se encuentra encaminada a la protección del medio ambiente, al disponer que “los partidos, coaliciones y candidatos, utilicen en su propaganda impresa y demás elementos promociónales, materiales preferentemente reciclables y de fácil degradación natural”.
Sin embargo, dijo que no obstante lo anterior, la norma que se comenta no siempre alcanzaría su fin toda vez que al establecer “que sea preferente la utilización de materiales reciclables y de fácil degradación natural”, es decir, al no ser obligatorio su uso, se admite el empleo de materiales diversos de los comentados, con lo que se genera una afectación al medio ambiente.
Con el objeto de garantizar en mejores términos el cuidado del hábitat, la Iniciativa propone que los materiales a utilizarse no sólo sean de fácil degradación natural, sino que sean biodegradables, toda vez que este es el término adecuado para referirse a los productos o sustancias que pueden descomponerse en los elementos químicos que lo conforman, debido a la acción de agentes biológicos, como plantas, microorganismos y hongos, bajo condiciones ambientales naturales.
En cuanto a la implementación de medidas que garanticen su observancia, Carrillo Vizcarra Calderón acotó que la transgresión a los límites que en la materia se proponen, deber ser una conducta que, de acreditarse, tendría que ser sancionada por el Consejo Distrital que corresponda, el cual tendría la facultad de ordenar el retiro de la propaganda electoral que no cumpla con las normas de protección al medio ambiente.
Al mismo tiempo, se plantea la aplicación del régimen administrativo sancionador electoral, el cual faculta a las autoridades competentes a graduar y seleccionar la sanción en atención a las circunstancias de cada caso en particular.