Una docena de personas fueron arrestadas este fin de semana, luego de ser detectadas en estado de ebriedad por el alcoholímetro informó el comandante de Tránsito, Antonio Valle Gómez.
De acuerdo a los datos de Seguridad Pública estos 12 detenidos se suman a 257 personas que han sido arrestadas por conducir bajo el influjo de bebidas embriagantes, en operativos con alcoholímetros de octubre del 2019 a la fecha
El jefe de la corporación local, Luis Felipe Chan Baltazar, informó derivado de los filtros instalados de manera constante en las principales vialidades de la zona urbana y alrededores, 255 conductores fueron detenidos y presentados ante un juez calificador, al ser sorprendidos cuando manejaban alcoholizados.
A dos personas las detectaron en dichos puntos de seguridad, y quedaron a disposición de la Fiscalía General del Estado, al infringir el artículo 255 del Código Penal de Baja California, es decir, por ser reincidentes en dicha falta.
Del 1 de octubre del año pasado al 29 de febrero de 2020, agentes municipales aplicaron mil 122 infracciones del Reglamento de Tránsito, de las cuales 255 corresponden al artículo 41 y están directamente relacionadas a los tripulantes intervenidos cuando andaban en estado de ebriedad.
Mencionó que oficiales levantaron 110 infracciones por el artículo 40, que sanciona a los conductores por ingerir, así como permitir que acompañantes consuman bebidas con graduación alcohólica, a bordo de las unidades móviles.
El resto de las multas fueron por el artículo 113, que obliga a los ciudadanos al momento de circular a utilizar el cinturón de seguridad y/o silla especial para infantes, así como el artículo 27, por transitar sin licencia de conducir, entre otras faltas.
Durante los mismos cinco meses se remolcaron a 655 vehículos, porque los tripulantes andaban alcoholizados, o no contaban con la documentación para comprobar la legal propiedad de los mismos, por mencionar algunas causas.
Chan Baltazar recalcó que estas acciones, impulsadas por el alcalde Armando Ayala Robles, son meramente preventivas, pues con la detección de conductores alcoholizados se disminuye el riesgo de accidentes vehiculares, que pueden afectar la vida propia y de terceros con hasta la muerte.
Del Código Penal de Baja California
Artículo 255.- A quien maneje un vehículo de motor en estado de ebriedad, bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias que impidan o perturben su adecuada conducción, no será castigado la primera vez cuando no haya provocado daño en las personas o en las cosas, pero el Ministerio Público le apercibirá formalmente, dejando constancia, de que si incurre nuevamente en este ilícito dentro del plazo de dos años, será consignado a la autoridad judicial.
Del Reglamento de Tránsito de Ensenada
Artículo 27.- Para conducir un vehículo en el Municipio de Ensenada, será necesario estar en pleno uso de sus facultades físicas y mentales, portar la licencia correspondiente o el documento que le supla y que ampare precisamente la operación del vehículo de que se trate.
Artículo 40.- Queda estrictamente prohibido ingerir bebidas de graduación alcohólica en el interior de los vehículos en movimiento o estacionados, el conductor o sus compañeros.
Artículo 41.- Se prohíbe a toda persona conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de substancias tóxicas, de alguna droga, o de substancias enervantes, los casos a que se refiere este ordenamiento y para los efectos de este Reglamento, se considera que una persona se encuentra en estado de ebriedad cuando exista un certificado médico que así lo asevere.
Artículo 113.- Todo conductor que circule un vehículo en las vías públicas de este Municipio, deberá ponerse el cinturón de seguridad, así como sus acompañantes y tratándose de menores de dos años, deberá usar silla de seguridad vehicular para infantes.