Publicidad | Contacto | | | | TDM
La Moneda
Tipo de Cambio
Compra
Venta
06/03/2025
$19.78
$20.18

31 de enero límite para cambio de régimen fiscal

Del Régimen de Incorporación Fiscal a Régimen Simplificado y de Confianza

Nota publicada el 28 de enero de 2022
por Elizabeth Vargas

Lizbeth López Guillén, Administradora de Servicios al contribuyente del SAT, informó que, a partir de enero de 2022, como parte de los cambios fiscales de este año, las personas físicas que tributan actualmente en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y que desean permanecer en dicho régimen, deben presentar su aviso a más tardar el 31 de enero de este año.

Mencionó que, de lo contrario, quienes no lo realicen, a partir del 1 de febrero se les asignará el régimen de acuerdo con las disposiciones aplicables.

Para presentar el Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, señaló que los contribuyentes deben ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx).

Refirió que durante el mes de enero se habilitó el portal del SAT, y que dentro del apartado Trámites del RFC/Actualización del RFC, la opción Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.

López Guillén, explicó que al aparecer la pregunta ¿Optas por continuar pagando tus impuestos en el Régimen de Incorporación Fiscal?, se debe seleccionar la opción “Sí, optó por continuar en el Régimen de Incorporación Fiscal" para continuar en dicho régimen.

La funcionaria del SAT, agregó que, al finalizar el aviso, se obtendrá el acuse de movimientos de actualización de la situación fiscal.

Destacó que pertenecen al RIF las personas físicas cuyos ingresos no excedan los dos millones de pesos al año y que las personas que opten por continuar en el RIF solo podrán seguir tributando hasta que concluyan los años de tributación de este régimen.

No podrán inscribirse nuevos contribuyentes al RIF, añadió, y si se tributa en el RIF y presentan el aviso para permanecer tributando en el referido régimen y posteriormente quieren cambiar al Régimen Simplificado de Confianza en el mismo año, podrán hacerlo siempre y cuando cumplan con los requisitos.

Manifestó que se podrán aplicar los acreditamientos, deducciones y solicitar en devolución los saldos a favor que tuvieran pendientes a más tardar en la declaración anual del ejercicio fiscal 2022 y que después de este ejercicio fiscal no podrán realizar dichos acreditamientos.

Hizo alusión a que si optan por estar en el Régimen Simplificado de Confianza y no cuentan con e.firma (firma electrónica) activa, tienen hasta el 30 de junio de 2022 para tramitarla.

Para más información, dijo que los contribuyentes podrán ingresar al minisitio del Régimen Simplificado de Confianza, en el apartado Personas Físicas, elegir Régimen de Incorporación Fiscal: http://omawww.sat.gob.mx/RegimenSimplificadodeConfianza/Paginas/index.html

Y también podrán llamar a MarcaSAT 55 6272 2728 de lunes a viernes de 8:00 a 18: 30 horas; desde el exterior del país (+52) 555 6272 2728.

Derechos Reservados 2025. Queda prohibida la reproducción total o parcial de la nota sin la autorización previa y por escrito de Ensenada Net.

Maestría en Mercadotecnica Digital - Becas
Era hombre el cuerpo hallado en una maleta
Se encontraba en avanzado estado de descomposición
Operaba red de tráfico humano por Ensenada
Vinculan a proceso a un grupo de cinco delincuentes
Todo listo para el inicio del Carnaval de Ensenada
Inicia este jueves, con quema del Mal Humor y Los Ángeles Azules
Murieron dos menores en un incendio este jueves en Ensenada
Hay dos adultos con quemaduras de tercer grado
Capturó la FESC a pareja con armamento y droga
Detenidos por circular con exceso de velocidad
|
| Ensenada.net es presentado por : TDM