La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) dio a conocer las Reglas de Carácter General para la instrumentación de la Licencia Federal Digital en los diversos modos de transporte, mismas que entrarán en vigor a partir de este viernes 1 de abril de 2022.
Con ello se busca dar mayor transparencia, celeridad y certeza, tanto en la tramitación del documento como en la autenticidad en el intercambio de información de éste en tiempo real, en beneficio de los usuarios y del Gobierno Federal.
La Licencia Federal Digital regirá tanto para el autotransporte federal como para el servicio ferroviario.
Serán susceptibles de tramitar su Licencia Federal Digital conductores de vehículos para la prestación de servicios de autotransporte federal, transporte privado y sus servicios auxiliares, así como personal técnico ferroviario que opera o auxilia en el accionar de la maquinaria que se mueve por las vías generales de comunicación ferroviaria del país.
Para la expedición de la Licencia Federal Digital los interesados deberán de cumplir con los requisitos que la normatividad establece de forma específica para cada uno de ellos.
Una vez realizado esto, los usuarios podrán descargar en su teléfono celular inteligente con conexión a internet, la aplicación móvil "Licencia Federal Digital", la cual una vez debidamente instalada, permitirá la conexión con la base de datos de la Secretaría mediante mecanismos seguros de identificación, así como la descarga en tiempo real de la representación gráfica de la Licencia Federal Digital.
Los mecanismos de identificación incluirán el ingreso de la CURP, folio médico, y número telefónico celular del titular de la licencia federal, así como un mecanismo de autenticación a través de SMS (mensaje de texto de extensión reducida que se puede enviar y recibir a través del servicio de telefonía celular móvil).
Los usuarios, de forma adicional al uso de la aplicación "Licencia Federal Digital", podrán descargar una versión para impresión, desde el sitio institucional que al efecto definan las autoridades de cada modo de transporte de la Secretaría, con lo que el usuario tendrá dos opciones para la portabilidad de la Licencia Federal Digital, impresa en papel o desplegable en su teléfono celular.
La impresión de la Licencia Federal Digital tendrá los mismos efectos y alcance jurídico que la versión digital.
La Licencia Federal Digital se expedirá en idioma español, sin perjuicio de lo que dispongan los tratados y convenios internacionales. Y en cualquiera de sus modalidades, categorías o tipos, contará con la siguiente información: número de licencia; fotografía del titular; nombre completo del titular; nacionalidad del titular; CURP; número de expediente médico; lugar, fecha y hora de emisión; fecha de inicio y término de la vigencia; código QR; nombre del servidor público que lo emite; representación de la firma autógrafa o electrónica avanzada del servidor público competente, y fundamento jurídico.
La aplicación contará con mecanismos de seguridad, de forma enunciativa mas no limitativa en función del desarrollo tecnológico, como son la generación de un código QR único y personal con los datos encriptados de la Licencia Federal Digital, que podrá ser leído electrónicamente para demostrar la validez y vigencia de la licencia.
En caso de extravío del teléfono celular inteligente interconectado con la base de datos del modo de transporte que corresponda, el titular de la Licencia Federal Digital podrá descargar nuevamente la aplicación en otro teléfono celular.
Aclara que las licencias federales impresas en material plástico continuarán vigentes hasta la fecha que en las mismas se señale.