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De la violencia al feminicidio

Absurdos normalizados que matan

  
Nota publicada el 4 de mayo de 2022
por Karina R. Vargas

Lo dicen con tanta facilidad que pueden llegar a convencer… Mujeres: ¡aprendan a defenderse, eduquen bien a sus hijos!, el cambio comienza por ustedes.

Espera, ¿QUÉ?

Es ABSURDO sentirse incómoda por usar ciertas prendas porque, ¿qué dirá la sociedad?, ¿me miraré muy fácil? Y si me violan, ¿dirán que es mi culpa por vestir así?

Es ABSURDO, que se genere más polémica cuando las mujeres marchan (o rayan y destruyen) para exigir sus derechos que cuando se encuentra un cuerpo, o diez…

Es ABSURDO, tener que monitorear a nuestras conocidas para saber que llegaron con vida a casa…

Es ABSURDO, caminar con miedo, de día o de noche, porque tememos por nuestro regreso…

¡Carajo! Se lee como ficción, pero es la realidad. Un gran porcentaje de mujeres experimentan este miedo legítimo, incluso aquí, en nuestra propia ciudad. Pregúntate honestamente, ¿temes por tu seguridad por el simple hecho de ser mujer?

El término feminicidio tiene su raíz en el patriarcado. Cuando la investigadora Mariana Sanz se refiere a la violencia de género, señala que “prevalece el ejercicio del poder del hombre sobre la mujer, por medio de agresiones psicológicas, económicas, físicas o sexuales en contra de ella por el sólo hecho de ser mujer”. En nuestro país, la palabra empezó a utilizarse a partir de las matanzas de Ciudad Juárez ocurridas desde 1993 (aproximadamente 400 mujeres asesinadas), en específico, por el caso de tres mujeres encontradas en un algodonero en 2001. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y luego la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) tomaron el caso contra México, y fue tanta la presión internacional, que se tuvo que implementar este nuevo concepto y legislar el acto. Así pues, el Código Penal Federal estipula que:

Artículo 325.

Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Referente a lo anterior, se hace hincapié en el término feminicidio y hoy se le identifica como la muerte violenta de una mujer por el solo hecho de serlo y como una continuidad de la violencia a la que son sometidas las mismas.

A su vez, la Encuesta sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares del INEGI (2016), muestra que 7 de cada 10 mujeres de 15 años o más han sufrido al menos algún incidente de violencia en su vida, siendo un 44% de estos casos, perpetuados por su pareja.

Además, datos alarmantes mencionados en el periódico El Sol de México arrojan que en el 2021 la violencia de género sumó 3 mil 462 mujeres asesinadas, siendo 992 víctimas de feminicidio, mientras que el periódico El País mencionó que en 2020 se registró un promedio de 46 violaciones y 11 feminicidios al día, o sea, cada dos horas y media se mató a una mujer. También se estima que el 90 % de estos delitos quedan impunes.

Por otro lado, hay que reconocer que es gracias a la difusión de la información y a movimientos feministas, que se han podido generar cambios en la legislación para proteger la integridad de la mujer, entre ellos: la Campaña “Quítate la venda…la violencia intrafamiliar existe”; Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW, ONU); Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará); Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Ley de Acceso), Ley Olimpia, entre otros.

Queda sin embargo, un gran camino para la ejecución oportuna de las mismas. Considero que esto solo podrá suceder mientras se sea constante en lo que hasta hoy ha provocado cambios, pudiéndose destacar las siguientes: apoyar a los movimientos feministas (puedes utilizar tu criterio para decidir cuáles, estás en tu derecho) y difundir información oportuna, relevante y datos veraces. Además, es importante que se eduque para la prevención (del peligro) pero también para el cuidado y respeto de todas las personas, así mismo, promover la empatía y enseñar el valor de la propia vida y la del prójimo desde edades tempranas, pueden ser recursos valiosos en el desarrollo de los individuos.

Creo que como seres individuales, desde nuestra profesión, posibilidades y circunstancias particulares podemos aportar a la causa. Ya sea con información, orientación, palabras de apoyo, educación, soporte, protección… Todo cuenta, todo vale.

Karina R. Vargas. Psicoterapeuta Gestalt. El proceso del darse cuenta comienza en el aquí y el ahora. Escríbeme a: psic.karinarvargas@gmail.com
 
 

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