La Capitanía Regional de Puerto ordenó el cierre a la navegación para embarcaciones menores de 15 metros de eslora, a partir de las 11:00 horas de este sábado 30 de marzo del 2024 en los puertos de Ensenada y el Sauzal.
El aviso de cierre está dirigido a navieros, propietarios, legítimos poseedores, prestadores de servicio náutico, capitanes, patrones, tripulación en general y a toda la comunidad portuaria de la capitanía Regional de Puerto de Ensenada firmado por el Capitán de Puerto, Contralmirante Retirado Rodolfo Álvarez Zarate.
Indica que esta decisión se debe a las condiciones meteorológicas causadas por un frente frío, que azota la región con viento del Suroeste Noroeste de 15 a 20 nudos con rachas de 25 a 35 nudos y olas de 8 a 12 pies sobre la costa occidental de la península de Baja California, principalmente de la línea de costa hasta las 24 millas náuticas.
También olas de 12 a 16 pies de las 24 a las 200 millas náuticas, condiciones de viento y oleaje que se extenderán paulatinamente hasta las islas Revillagigedo.
Por otro lado se espera viento Suroeste - Noroeste de 20 a 25 nudos con rachas de 30 a 35 nudos y olas de 6 a 9 pies sobre la región del Golfo de California, Islas Marías y Pacífico Central Mexicano.
Los responsables deberán considerar todas las acciones correspondientes para el cuidado de sus embarcaciones y contar con personal para atender algún evento o emergencia en caso de requerirse, así como reforzar amarras de las mismas como prevenciones y precauciones reglamentarias a la navegación de altura por viento fuerte y oleaje elevado.
Previo al zarpe deberán tener conocimiento de las condiciones meteorológicas que prevalecerán en su ruta de navegación.
La Capitanía recomienda a la comunidad marítima y portuaria a permanecer atentos al desarrollo de las condiciones meteorológicas y a los avisos meteorológicos que transmite esta Capitanía de Puerto en las frecuencias 8284.4 MHz de radio Banda Lateral y los canales 14 y 16 de radio VHF; así como cualquier consulta a los teléfonos fijos (646) 977-1208, extensión 114 REMAFE.
Se le exhorta a no omitir dicha recomendación a fin de evitar sanciones establecidas en la Legislación Marítima Nacional vigente.