IVA a los conciertos
El teatro y el circo se salvan
Los conciertos, como otros eventos de entretenimiento, salvo el teatro y el circo, deberán ser gravados, ya que actualmente no se les cobra el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los consorcios empresariales, quienes dominan el medio de entretenimiento.
Dicha iniciativa propone además que las autoridades estatales tengan la facultad de gravar los espectáculos públicos, con excepción a los cines.
Fragmento:
El gasto corriente monetario en espectáculos públicos está concentrado en los
hogares de mayores ingresos: el 30% de los hogares de mayores ingresos
realiza el 80% del total de gasto por este concepto, en comparación con 3.7%
que significa para el 30% de los hogares de menores ingresos. Considerando
lo anterior, con el fin de darle mayor progresividad al sistema impositivo en su
conjunto, se propone a esa Soberanía eliminar la exención en el IVA a los
espectáculos públicos, manteniéndola únicamente para las funciones de teatro
y circo en los términos que hoy se prevé.
Fragmento:
De esta manera, para que las actividades artísticas más antiguas e influyentes
de la humanidad adquieran fortaleza y se remonten a la grandeza de sus
inicios, se propone conservar la exención prevista para los espectáculos
públicos, únicamente el teatro y circo, con lo que se logrará promover y
fomentar las actividades culturales más antiguas de la civilización.
De esta manera, se propone gravar con el IVA a los demás espectáculos
públicos, ya que constituyen una fuente de ingresos generalmente patrocinado
y en mayor medida, por consorcios empresariales que dominan el medio del
entretenimiento, por lo que se propone a esa Soberanía modificar la fracción