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Tiene Sindicatura 8 Actas y 110 observaciones del Ayuntamiento saliente

Derivadas de las revisiones de proceso entrega recepción

Nota publicada el 15 de enero de 2025
por Elizabeth Vargas

Un total de 8 actas administrativas del mismo número de dependencias municipales se han levantado por parte de la Sindicatura Municipal de Ensenada al concluir los plazos de ley respecto a observaciones sobre el anterior Ayuntamiento por parte de los funcionarios entrantes.

El Director de Sindicatura Municipal José Alberto Flores Lagos, precisó que estas 8 Actas Administrativas suman en conjunto 110 observaciones por diversas irregularidades.

Al realizarse un cambio de administración el funcionario entrante tras ser nombrado oficialmente, debe al concluir la entrega recepción, efectuar una revisión y luego tiene 45 días hábiles para reportar cualquier observación de encontrar alguna irregularidad.

Flores Lagos, recordó que en los procedimientos de entrega y recepción, el área a la que corresponde estos procesos es la Dirección de responsabilidades Administrativas quienes se encargan del seguimiento y sustanciación de estas 8 actas administrativas

Dichas actas administrativas son de las dependencias en donde hicieron alguna observación o varias observaciones dependiendo de como se las entregaron y en estas hay 110 observaciones en diversos rubros, como son recursos materiales, recursos humanos, expedientes y diversos asuntos que los nuevos funcionarios consideren pertinentes.

Tras estas actas administrativas, el procedimiento correcto para poder llevar a cabo la sustanciación de los mismos, es que la sindicatura municipal cite o notifique de manera personal al funcionario o los funcionarios salientes de la dependencia, sobre los que el funcionario entrante realizó una observación, para aclararlos.

Precisó: “El procedimiento correcto es no solo hacer la notificación de forma personal al funcionario saliente, sino que también se notifica el funcionario que hizo la observación y se lleva a cabo una audiencia. Dicha audiencia se tiene que llevar a cabo en la propia dependencia, dentro de la cual surgió la observación correspondiente”.

Agregó: “Creo que esto puede ser un dato importante, ya que en ocasiones piensan que la audiencia es directamente en Sindicatura y no es así, las audiencias sobre observaciones, se tienen que llevar a cabo en la dependencia de donde surge la observación”.

Ejemplificó: “Si bomberos tiene una observación, se cita para que el funcionario saliente de bomberos acuda en una fecha y una hora específica a la dependencia correspondiente para poder levantar un acta y se les otorga un periodo de tiempo para que el funcionario saliente aclare aquellas observaciones que se hayan realizado”

Luego de asistir a la audiencia inicial sobre observaciones, el funcionario saliente tiene 30 días naturales para poder llevar a cabo aquellas precisiones o presentar las pruebas o lo que considere pertinente para poder subsanar aquellas observaciones que le hayan hecho en cualquier área de su competencia.

¿Qué pasa si no las subsana?

Posterior a esos 30 días naturales se dicta una resolución respecto de esa acta que se llevó a cabo y en caso de no quedar subsanadas se remite a la unidad investigadora de la Sindicatura Municipal.

Explicó que la Unidad Investigadora como su nombre lo indica, se encarga de iniciar la investigación correspondiente y ya ella determinará si se giran oficios a diferentes dependencias, si se manda a citar al propio funcionario saliente para el tema de las observaciones que no se pueden subsanar, y se lleva a cabo ya el protocolo correspondiente donde se hace la investigación y en caso de determinarse una presunta responsabilidad administrativa se elabora un Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa (IPRA), posterior a dicha investigación.

Entonces a partir de que se tiene un IPRA, se le presenta al departamento de responsabilidades administrativas en la sindicatura municipal en donde de igual forma ellos sustancian el procedimiento ya adheridos a una probable responsabilidad administrativa y ya están dentro de un procedimiento.

Aclaró: “Las faltas graves, no son sustanciadas aquí en la Sindicatura, la audiencia inicial se lleva aquí, pero ese se turna, ese no se resuelve aquí, se resuelve en el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA).

Ellos son los que resuelven respecto de las responsabilidades administrativas graves, las no graves si se sustancian aquí, se lleva a cabo todo el procedimiento y aquí se resuelve.

El TEJA, al revisar los hechos y observaciones ellos determinaran si consideran necesario el remitirlo a alguna Fiscalía en dado caso de determinar que pudiera existir ahí tal vez un delito, se puede presentar la denuncia correspondiente.

El funcionario municipal recordó finalmente que existe la intención de la Sindicatura Municipal a cargo de Elí Oviedo Díaz de mantener un trabajo de puertas abiertas y transparencia hacia la comunidad.

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